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miércoles, 20 de marzo de 2013

Nuestras razones



ENTIDAD URBANISTICA DE CONSERVACION DE NUEVA OTURA

RAZONES PARA MANTENERLA


En el año 1992 se creó la Entidad de Conservación y se aprobaron los Estatutos. Los promotores dejaron las obras sin terminar, por eso el Ayuntamiento no RECEPCIONÓ dichas obras. Aún hoy, 23 años después, (año 2013) siguen sin ser recibidas. Durante estos años, la Entidad de Conservación de Nueva Otura ha sido la encargada del mantenimiento de todos los servicios urbanísticos: agua, saneamiento, alumbrados, jardines, viales.

Conviene recordar que todos compramos solares sin edificar, dentro de un Plan Parcial promovido por Nueva Otura S.A. para convertir el “Pago de los Quemaos” de suelo rústico en suelo urbanizable. Esta transformación aún no ha terminado. El Plan General de Ordenación Urbana de Otura publicado el año 2008 y en proceso de aprobación, cataloga nuestros solares como “suelo urbano residencial abierto”. Continúa faltando un paso fundamental: la firma del Acta de Recepción por la que el Ayuntamiento se obligaría a dar el visto bueno a la terminación de las obras y comenzaría un nuevo período para asumir todas las dotaciones urbanísticas. Sin este requisito no se puede avanzar más.

Fuimos construyendo nuestras viviendas mediante licencias de obra que pedíamos y concedía el Ayuntamiento. Nos empezaron a cobrar los recibos del I.B.I. (contribución urbana) pero no nos daban todos los servicios urbanos. Poco a poco, mediante convenios que firmaba la Entidad de Conservación, iban haciéndose cargo de algunos servicios: recogida de basuras, alumbrado público, saneamientos (éstos últimos han pretendido devolverlos en el año 2012).

Durante muchos años, con las cuotas que pagamos todos los propietarios, la Entidad de Conservación ha mantenido el servicio de abastecimiento de agua, ha arreglado las canalizaciones que se han ido rompiendo, ha realizado nuevos pozos, o arreglado los que había para que nunca faltase agua, ha asfaltado muchos metros de calles, ha adecentado los jardines y plazas, ha promovido la nomenclatura de nuestras calles y el sentido de circulación de vehículos.

Gracias a la labor continuada y responsable de los distintos Consejos Rectores (en ocasiones poco reconocida), nuestras casas han ido tomando valor con el paso de los años y no han caído en la ruina en la que, por desgracia, están hoy otras urbanizaciones.

¿Ya nadie recuerda porqué se consiguió el acerado de la 2ª fase? ¿Y la regulación de presiones en las distintas zonas para que a todos les llegara agua? ¿Creen que se hacían por arte de magia? ¿Alguien se ha preguntado alguna vez quién exigía al Ayuntamiento más contenedores de basura y dónde tenía que ponerlos? ¿Y la recogida de enseres y podas? ¿Creen que todo esto se habría conseguido sin el esfuerzo de la Entidad de Conservación?
 
Mientras esto ocurría, y como contrapartida por la falta de estos servicios municipales (recordemos que nos seguían cobrando el IBI igual que a los vecinos del centro tradicional de Otura), el Ayuntamiento se comprometió a aportar cada año una subvención a la Entidad de Conservación para sufragar sus gastos. Tampoco olvidemos que esto hubo que pelearlo para conseguirlo.

Eso estuvo haciendo hasta el año 2000 (la última subvención fue de 2.726.365 pesetas, 16.385€). Todos los presupuestos anteriores de Nueva Otura contaron con una subvención que entregaba el Ayuntamiento. A partir de aquel año 2000, dejó de subvencionarnos pero ha seguido cobrando el IBI, igual que al resto de vecinos del pueblo.



¿Alguien ha leído lo que está publicado en el PGOU de OTURA sobre las Entidades de Conservación? aquí les dejo una muestra:

Plan General de Ordenación Urbana de OTURA. Año 2008

Capítulo 2. Deber de conservación de las urbanizaciones y edificaciones.

2. Las obligaciones mínimas de los propietarios de urbanizaciones, edificaciones y construcciones respecto a la seguridad, salubridad y ornato público, incluyen:
a) En Urbanizaciones:
- El mantenimiento de las acometidas de las redes de servicio en correcto estado de funcionamiento.
- La conservación de calzadas, aceras, depósitos de agua potable y pozos de suministro, jardines y zonas verdes, mobiliario urbano y restantes elementos que configuren la urbanización.
- Se constituirán o mantendrán Entidades urbanísticas de conservación hasta la asunción por parte del Ayuntamiento de estos servicios mediantes convenios urbanísticos con dichas entidades de conservación.

¿Y la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía? LOUA 7-2002.

Por favor, léanse los contenidos de los siguientes artículos y saquen sus propias conclusiones (para no cansarles transcribo sólo los enunciados y una parte de los mismos)

Artículo 111. Entidades urbanísticas colaboradoras.

…entidades urbanísticas colaboradoras, …se regirán por sus estatutos…

Artículo 153. Deber de conservación de las obras de urbanización.

…el mantenimiento de las dotaciones y los servicios públicos correspondientes, compete al municipio o a los propietarios agrupados en entidad urbanística.
…la asunción por el municipio de la conservación sólo se producirá en el momento de la recepción de las correspondientes obras…
…la conservación de las obras de urbanización corresponde a los propietarios de solares, agrupados legalmente en entidad urbanística de conservación…

Artículo 154. Recepción de las obras de urbanización.

La recepción de las obras de urbanización corresponderá siempre al municipio, de oficio o a instancia de la persona responsable de la ejecución, conservación y entrega de dichas obras. … requerirá la presencia del Alcalde o su delegado… , se levantará la correspondiente acta, ….
…las recepciones se documentarán mediante el otorgamiento de acta, cuya certificación administrativa se remitirá al Registro de la Propiedad.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Sexta. Conservación de urbanizaciones.
Las obras y los servicios de urbanización cuya conservación se encuentre encomendada a la entrada en vigor de esta Ley a entidades urbanísticas con tal finalidad u objeto continuarán siendo conservadas con arreglo al mismo régimen sin que les sea de aplicación lo dispuesto en los artículos 153 y 154 mientras no se produzca la plena adecuación del planeamiento general del municipio correspondiente a esta Ley.

¿Está el Ayuntamiento de Otura en condiciones de exigir la finalización de las obras de la urbanización a los promotores? ¿Puede hacer uso de los avales que garantizaban la correcta finalización de las obras?

¿Va a cumplir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía nº 3521 del 19 de diciembre de 2011, que le obligaba a promover la recepción definitiva de las obras en el plazo de un mes? –Ya han pasado 14 meses.
Conviene que recuerden que esta sentencia tiene su origen en un recurso que interpuso la Entidad Urbanística de Conservación de Nueva Otura ante dicho Tribunal en el año 2003. ¿Alguien cree que los miembros del actual Consejo Rector pelearían por ello?

¿Va el Ayuntamiento a cumplir lo que prometió su alcalde el 11 de febrero de 2012 en la Asamblea informativa que provocó el embrollo donde ahora nos encontramos? :

” …el Ayuntamiento se hace cargo de todos los servicios… los vecinos dejarán de pagar todos los gastos que tienen actualmente…”

Que cada uno se responda y saque sus propias conclusiones.

Pensemos que Nueva Otura no es algo ajeno a nosotros cuyo porvenir no nos incumbe: estamos jugando con nuestras casas, con nuestro patrimonio y con el futuro de nuestros hijos. ¿Vamos a dejar que el engaño y la sinrazón lo arruinen?

El futuro de Nueva Otura está en manos de los propietarios reunidos en Asamblea el próximo sábado: podemos seguir conservándola o dejar que se hunda. Lo que es seguro es que no podemos esperar que nadie más que nosotros la saquemos de este lío. Ustedes decidan.


OBJETIVOS QUE PERSIGUE LA PLATAFORMA DE PROPIETARIOS DE NUEVA OTURA


1º MANTENER Y CONSERVAR en el mejor estado posible la urbanización y sus instalaciones, hasta el final cumplimiento de todos sus objetivos.
           
2º FOMENTAR una gestión y utilización responsable del agua.

3º EXIGIR el cumplimiento de las sentencias de los Tribunales de Justicia que obligan al Ayuntamiento a la recepción de la urbanización y al pago de las deudas contraídas con la Entidad.

4º RESTABLECER EL ORDEN en las cuentas de la Entidad y EXIGIR RESPONSABILIDADES, mediante las acciones legales oportunas, con carácter individual contra los miembros del Consejo Rector que ha dado lugar a esta situación de abandono y ruina.

5º NO DISOLVER LA ENTIDAD DE CONSERVACIÓN hasta que no esté garantizado el firme cumplimiento de estos objetivos y sea aprobada esta actuación por los propietarios de Nueva Otura, con las garantías legales que establezcan las normativas urbanísticas.


NUEVA OTURA, marzo de 2013

1 comentario:

  1. La reunión muy esperada. A por elloshttp://sinoesportimimundoseiriaapique.blogspot.com.es/2013/03/la-reunion-muy-esperada-por-ellos.html

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